Consejos para tramitar la nacionalidad española

Si se cumplen los requisitos legales y se conocen los aspectos básicos que la Administración tendrá en cuenta, obtener la nacionalidad española no tiene por qué ser difícil.
CONSEJOS PARA TRAMITAR LA NACIONALIDAD ESPAÑOLA

En la actualidad, el derecho a la residencia es uno de los considerados universales, en virtud del artículo 13 de la Declaración Universal de Derechos Humanos. Sin embargo, cada país posee su legislación al respecto y España  no es una excepción. Por esto, sabemos lo importante que es para un extranjero residente en el territorio español la adquisición de la nacionalidad española, ya que eso le dará seguridad y estabilidad para nunca más necesitar pasar por ningún trámite de renovación de su residencia con la Oficina de Extranjería. A continuación, revisaremos una serie de aspectos clave para obtener la nacionalidad española para que estés bien informado antes de iniciar tu solicitud.

 

¿Cómo tramitar la nacionalidad española? Cinco claves fundamentales

¿Qué exámenes hay que superar? ¿Qué documentación se debe presentar? Las siguientes cinco condiciones son fundamentales cuando uno se pregunta cómo conseguir la nacionalidad española.

 

  1. El examen de nacionalidad

Superar el examen de nacionalidad es primordial para culminar el procedimiento. Hasta hace varios años, este formaba parte de una entrevista que se debía superar en el Registro Civil. Sin embargo, el proceso se ha estandarizado para dar lugar a dos exámenes. Es esencial prepararlos con la suficiente antelación y, sobre todo, aprender el nivel suficiente de castellano.

 

Por un lado, tenemos el CCSE (Prueba de Conocimientos Constitucionales y Socioculturales de España). Es gestionado por el Instituto Cervantes, y está dirigido a los extranjeros que desean obtener la nacionalidad. Hay tres aspectos primordiales que se deben demostrar y, por tanto, entran en la evaluación:

  1. Constitución Española: así como el funcionamiento de la Administración en sus distintos niveles.
  2. Referencias culturales y comportamientos socioculturales.

 

Por otro lado, tenemos la necesidad de comprobación del dominio lingüístico, para esto es fundamental superar el examen DELE A2. Este modelo forma parte del marco común europeo de referencia para las lenguas (MCER). Una de nuestras recomendaciones es prepararlo en una academia, si no te sientes seguro para prepararte solo. Para superarlo, hay cuatro destrezas básicas que deben demostrarse:

 

  • Comprensión escrita.
  • Comprensión oral.
  • Expresión escrita.
  • Expresión oral.
  1. Residencia legal y plazos para conseguir la nacionalidad española

La principal condición para obtener la nacionalidad es haber residido de manera legal y continuada en España durante 10 años como norma general. Estos, obviamente, deben haber sido inmediatamente anteriores a la solicitud. ¿Qué significa? Que la solicitud se debe efectuar durante la estancia en el país y sin haber tenido ausencias que superen los plazos previstos en ley para cada tipo de residencia. Ejemplo: en las residencias temporales las ausencias no deben ser superiores a 180 días para cada periodo de 1 año de residencia.

 

No obstante, existe una circunstancia en la que el plazo se puede reducir hasta los 5 años: si se ha adquirido la condición oficial de refugiado, serás beneficiado con esta reducción de plazo..

 

El periodo de espera puede ser incluso inferior en otros casos, llegando a los 2 años. Se aplica a los nacionales de los países iberoamericanos, Filipinas, Andorra, Guinea Ecuatorial, Portugal, y también los de origen sefardí. Como se puede ver, son naciones o pueblos que mantienen lazos históricos especialmente significativos con España. Por ello se facilita la nacionalidad a sus habitantes.

 

Y por fin, bastará el tiempo de residencia de 1 año para:

  • Los que hayan nacido en territorio español.
  • Los que no hayan ejercitado oportunamente la facultad de optar.
  • Los que hayan estado sujeto legalmente a la tutela, curatela con facultades de representación plena, guarda o acogimiento de un ciudadano o institución españoles durante dos años consecutivos, incluso si continúan en esta situación en el momento de la solicitud.
  • Los que al tiempo de la solicitud llevan un año casados con un/a español/a y no estén separados legalmente o de hecho.
  • Los viudos o viudas de española o español, si a la muerte del cónyuge no existiera separación legal o de hecho.
  • Los nacidos fuera de España de padre o madre, abuelo o abuela, que originariamente hubieran sido españoles.

 

 

  1. Contar con la documentación esencial

¿Cómo tramitar la nacionalidad española sin contar con la documentación personal fundamental? Según el país de origen se pueden requerir unos certificados u otros; sin embargo, lo más importante es que los documentos vengan traducidos y apostillados para constar como legales en España.

 

Lo más normal, con la excepción de ciertas regiones (como Iberoamérica, excepto Brasil), es que los documentos estén en otro idioma. Por tanto, es primordial haber solicitado el trabajo de un traductor jurado para contar con los documentos en el idioma requerido y que estos posean validez legal. Sin el sello de un traductor jurado profesional, no serán válidos ante las autoridades españolas y la Administración.

 

Hay que tener en cuenta que ciertos certificados poseen una validez de tres meses desde que se expiden, como es el caso de los de antecedentes penales, por ejemplo. En cualquier caso, para los documentos que no contengan validez determinada, orientamos no haber sido emitido por un plazo superior a 6 meses, como es el caso de los certificados de nacimiento; de lo contrario, quizá haya problemas o requerimientos, lo que significará un retraso en el procedimiento.

 

  1. Carencia de antecedentes penales

Tener antecedentes penales puede complicar enormemente este procedimiento. El motivo es que afecta a la demostración de una «buena conducta cívica»; un concepto relativamente difuso que debe ser valorado por las autoridades de inmigración basándose en determinados aspectos.

 

Y es que la Administración valorará la situación de la persona extranjera, poniendo un especial énfasis en su situación penal. Si la persona tiene antecedentes en España o en su país de origen, por tanto, el proceso será mucho más complejo. De hecho, de acuerdo con la situación actual, lo más probable es que la solicitud de obtención de la nacionalidad sea rechazada si existen antecedentes.

 

Hay que tener en cuenta que es posible cancelar los antecedentes penales, si está en el plazo de cancelación. Este trámite se puede efectuar en el Ministerio de Justicia o en el país de origen, dependiendo de dónde se hayan cometido los delitos. 

 

  1. Residencia continuada

Como se ha mencionado anteriormente, es necesario haber permanecido en el país durante los periodos exigidos en ley para cada tipo de residencia antes de realizada la solicitud y durante todo el procedimiento. El abandono del país suele ser muy relativo a efectos de obtener la nacionalidad española.

 

Si la residencia no es continuada, se interrumpiría el periodo de residencia necesario para solicitar la nacionalidad. Por consiguiente, las autoridades podrían considerar que la obtención de esta no tiene como objetivo residir en España, lo que llevaría, a su vez, a perder el derecho de solicitud.

 

En líneas generales, se recomienda no dejar el país mientras dure el proceso y caso la ausencia sea necesaria, se aconseja que sea inferior a tres meses de duración. Cierto es que no debería haber problemas si no se excede este periodo, pero estar en el extranjero siempre puede dificultar los trámites.

 

En suma, obtener la nacionalidad española no tiene por qué ser difícil si se cumplen los requisitos legales y se conocen los aspectos básicos que la Administración tendrá en cuenta. Nuestro consejo es seguir el procedimiento y asegurarse de cumplir en todos los aspectos necesarios antes de iniciar el procedimiento. En nuestra asesoría legal para extranjeros puedes recibir más información. ¡Contacta con nosotros!

POSTS RELACIONADOS

¡Contáctanos y pide cita previa!
Precio de la consulta: 40 €
Este importe se descontará del valor total del trámite.