Diferencia entre visado y autorizaciones de residencia.

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Diferencia entre visado y autorizaciones de residencia


¿Alguna vez te has preguntado cuál es la diferencia entre visado y autorizaciones de residencia en España? Pues bien, puedes estar tranquilo, pues has llegado al sitio indicado. Nosotros, en BCN021, como asesores para extranjeros, conocemos al detalle la legislación española a este respecto, y vamos a mostrarte sus puntos principales a lo largo de este artículo. ¡Vamos allá!

La estancia: clave para entender los tipos de visados y autorizaciones de residencia en España

Cuando se habla de las diferencias entre visados y autorizaciones de residencia en España, es preciso partir del análisis de un concepto principal: la estancia.

En España, se considera estancia a toda permanencia en el territorio español durante menos de 90 días seguidos. Muchas veces suele confundirse la estancia con la residencia y, por tanto, algunas personas creen que han de solicitar alguna clase de permiso de residencia para permanecer un corto periodo en el país. Sin embargo, esto no es así.

En el caso en el que se tenga la nacionalidad de algún estado miembro de la Unión Europea o que forme parte del Acuerdo sobre Espacio Económico Europeo, tan solo se requiere, para contar con autorización de estancia en España, tener en vigor cualquier clase de documento de identidad (como, por ejemplo, el pasaporte).

Si no tuviera nacionalidad de ningún país que haya firmado el Acuerdo sobre Espacio Económico Europeo, entonces es oportuno alegar, para recibir el permiso de estancia, alguno de los siguientes motivos:

  • Viaje de turismo en España (máximo 90 días).
  • Ser un estudiante en España (en los que el máximo de estancia se amplía a 1 año).
  • Realizar un voluntariado (máximo 90 días).



En esencia, el permiso que se otorga para cualquiera de estos tres casos es el denominado visado de estancia. Como tal, este tipo de visado, generalmente, no permite trabajar ni cotizar para la Seguridad Social, tampoco permanecer más tiempo del permitido, salvo en los casos de renovaciones previstas por la ley. Únicamente algunas excepciones muy concretas se pueden aplicar a los estudiantes (a los que, por ejemplo, se les permite hacer prácticas curriculares).

 

La residencia: aquí la diferencia entre visado y autorizaciones de residencia o residencia y trabajo.

A diferencia del caso anterior, la residencia temporal en España es la que se otorga a un ciudadano extranjero para que pueda  residir o residir y trabajar, cotizando a la Seguridad Social por un periodo superior a 90 días, pero inferior a 5 años. Es decir, frente al visado de estancia (máximo 90 días sin trabajar), el permiso o autorización de residencia o de residencia y trabajo permite permanecer un tiempo mucho más prolongado, pero también impone un conjunto de requisitos más complejos.

Para los ciudadanos de países de la Unión Europea o de aquellos que pertenezcan a algún estado que haya firmado el Acuerdo sobre Espacio Económico Europeo no existe ningún requisito extraordinario. Tan solo tendrán que comunicar a las autoridades su intención de permanecer en España como residentes, cumpliendo requisitos y realizando un procedimiento para obtención del certificado de residente de una manera más sencilla.

En el caso de los extranjeros que no pertenezcan a ese conjunto de países, los requisitos cambian según la finalidad que se esté persiguiendo.

Fines por los que solicitar la autorización de residencia en España:

  • Fines laborales. Si lo que se quiere es trabajar en España, se ha de solicitar la autorización de residencia y trabajo, lo cual requiere cumplir exigencias muy particulares.

 

  • No ser una carga para el Estado. En el caso en el que no se tenga contrato de trabajo todavía, se ha de demostrar que se cuenta con medios suficientes para no ser una carga para el estado. Por ejemplo, se puede demostrar que se tiene familia residiendo legalmente en España, la cual se puede hacer cargo de ti. También puede mostrarse el patrimonio que se posee o una demostración de una buena situación personal o familiar. En esencia, se ha de demostrar al Estado que no se va a depender, más tarde, de ayudas sociales. 

 

  • Estudiantes extranjeros en España. En el supuesto en el que lo que desees sea una autorización de residencia estudiantil de largo plazo, has de mostrar la carta de matrícula en el centro público o privado al que vayas a acudir. De esta manera, has de demostrar también que cuentas con un seguro que cubra enfermedades que te presente cobertura completa en España, bien como también se exigirá una comprobación de que cuenta con los medios suficientes para costear el sustento durante el tiempo que se vaya a estar en el país.



¿Dónde se solicita cada permiso? Una diferencia fundamental

Los visados han de ser solicitados por el interesado antes de llegar a España. Es decir, en el consulado español de tu país de origen has de solicitar el visado, todo ello antes de pisar suelo español.

Se te pondrá un sello en el pasaporte y se te asignará un NIE (Número de Identidad de Extranjero), además, se te dará un plazo para que entres en España, donde deberás continuar los trámites dependiendo de tu situación, como empadronarte o solicitar la TIE.

Frente a ello, la estancia de estudios, algunas autorizaciones de residencia o residencia y trabajo la Ley de Extranjería permite solicitar directamente en el suelo español, aunque también podrían solicitarse en el consulado español de tu país de origen. La clave, por supuesto, se halla en que cumplas los requisitos antes comentados.

Hay un tercer grupo de permisos, eso sí, que únicamente pueden solicitarse en suelo español. Se trata de los arraigos o de las autorizaciones para la búsqueda de empleo.

En conclusión, ya se puede decir que se conoce la diferencia entre visado y autorizaciones de residencia. El primero es tramitado desde el país de origen en los Consulados Españoles. En el segundo caso, el trámite se hace directamente en el territorio español. 

En todo caso, si tienes cualquier duda al respecto, te recomendamos que contactes con nosotros, pues en BCN021 somos asesores expertos en estas cuestiones.

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